El cuerpo deliberativo sancionó de manera unánime la Ordenanza que adhiere a la Ley Provincial N° 8.195 de emergencia turística y declararon la emergencia turística en el municipio de la ciudad de Salta por el plazo de ciento ochenta días. La concejala Romina Arroyo (Salta Tiene Futuro), autora del proyecto señaló:
«El sector genera en Salta veinte mil puestos de trabajo a través de 1200 empresas , esta es una herramienta para que la municipalidad pueda seguir otorgando soluciones»
La emergencia turística establece que las actividades y servicios del mencionado sector podrán acceder a beneficios de exención del pago de determinadas tasas e impuestos municipales, como así también de los intereses de financiación de los planes de facilidades de pago. En su articulado se fija además que los solicitantes deberán acreditar tener regularizada su situación tributaria por los períodos anteriores a 3/2020.
Durante la sesión la concejala Arroyo, manifestó que la elaboración de la iniciativa responde a la importancia de “buscar amortiguar la crisis por la que está pasando el sector del turismo, el cual genera en Salta veinte mil puestos de trabajo a través de 1200 empresas.”
Cabe destacar que la citada Ordenanza fue consensuada con funcionarios municipales y con la Cámara de Turismo de Salta.
Además se consigna que podrán ser beneficiarios las personas humanas o jurídicas que realicen las siguientes actividades turísticas en el territorio de la ciudad de Salta: servicio de transporte con afectación exclusiva para la actividad turística; hoteles y demás alojamientos turísticos; establecimientos gastronómicos del circuito turístico a determinar por el DEM en conjunto con la Cámara de Turismo de Salta; agencias de viajes y turismo; guías de turismo; prestadores de turismo alternativo; turismo de reuniones; locación de vehículos u otros medios de transporte rentados a turistas; y toda otra actividad que se incluya a criterio de la Autoridad de Aplicación.
Sobre los beneficios a los cuales podrán acceder los sujetos mencionados se hace referencia en el texto a una serie de exenciones. En el caso de la Tasa de Publicidad y Propaganda y la Contribución que Incide sobre la Ocupación o Utilización de Espacios del Dominio Público se establece que será de un 100% durante los períodos fiscales 10/2020 hasta el 12/2020, inclusive.
Mientras que para el Impuesto Inmobiliario, el Impuesto de Radicación de Automotores y la Tasa General de Inmuebles será de un 50% también sobre el periodo mencionado. Se prevé también la exención de un 100% de los intereses de financiación de los planes de facilidades de pago del Impuesto Inmobiliario, de la Tasa General de Inmuebles, y de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene, por el periodo período fiscal que va del 3/2020 hasta el 12/2020, inclusive, que se regularicen con anterioridad al 31 de marzo de 2021. En cuanto a los intereses resarcitorios previstos en el artículo 56 del Código Tributario Municipal, Ordenanza N° 13.254 y modificatorias, para el pago de la Tasa por Inspección de Seguridad, Salubridad e Higiene se consigna que será de un 100% desde el período fiscal 10/2020 hasta el período fiscal 12/2020, inclusive, que se regularicen con anterioridad al 31 de marzo de 2021.
El articulado también consigna que lo dispuesto en la iniciativa deberá ser solicitado por los titulares de las obligaciones fiscales por nota formal ante el Departamento Ejecutivo Municipal o vía electrónica habilitada a tal efecto. En la cual deberán acreditar estar comprendidos en las actividades y/o servicios alcanzados, debiendo tener regularizada su situación tributaria por los períodos anteriores al período fiscal 3/2020.
En el supuesto de verificarse el incumplimiento de lo fijado, los beneficios otorgados caducarán en forma automática, debiendo el beneficiario devolver el monto total en la forma que se establezca en la reglamentación.
Un articulado de la redacción faculta al Departamento Ejecutivo Municipal a determinar la Autoridad de Aplicación y a prorrogar la emergencia turística por idéntico plazo al establecido. Finalmente se consiga que el mencionado estamento deberá remitir un informe al Concejo Deliberante detallando el impacto social y económico de la emergencia turística.
La presente declaración de emergencia responde a un pedido que viene realizando el sector desde el inicio de la pandemia y expresa la importancia de generar herramientas que brinden una ayuda concreta al sector turístico que representa uno de los potenciales de desarrollo económico más importantes que tiene la ciudad de Salta.





