Esta ley prevé un plazo mínimo de 3 años para los contratos de alquiler de inmueble cualquiera sea su destino (habitacional o comercial), si las partes establecen un plazo menor a éste se lo considera celebrado por el plazo mínimo legal de 3 años.
El estudio de abogados del Dr. Pedro Arancibia & Asoc., te aclara 6 puntos a tener en cuenta a la hora de alquilar.
NUEVA LEY DE ALQUILERES. ¿QUÉ CAMBIÓ Y QUE SE MANTIENE?.
- El precio de los alquileres y la publicidad de propiedades para alquilar no podrá mencionar otra moneda que no sea el peso argentino.
- El plazo de los contratos seguirá siendo a tres años. (Había expectativas de los propietarios que se reduzca el plazo a dos años.)
- También se mantiene el tope de un mes para los anticipos.
- A diferencia de la ley anterior, que permitía un único ajuste anual, la reforma dispone que las actualizaciones se llevarán a cabo cada seis meses.
- La fórmula de actualización es el coeficiente “Casa Propia,” que es empleado por el Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat.
- Resolución anticipada del inquilino: Cuando la notificación al locador se realiza con una anticipación de 3 meses o más, y ya habiendo transcurrido 6 meses de contrato, no corresponde el pago de indemnización al locador de la vivienda.
En otros casos se mantiene la indemnización.





